Registro de Diseño Industrial

La propiedad industrial protege, entre otros, a los  diseños industriales,  así  bien es de gran importancia señalar que los diseños industriales comprenden:

 

1) Los dibujos industriales, que son toda combinación de figuras, líneas o colores que se incorporen a un producto industrial con fines de ornamentación y que le den un aspecto peculiar y propio, y

 

2) Los modelos industriales, constituidos por toda forma tridimensional que sirva de tipo o  patrón para  la fabricación de un producto industrial, que le dé apariencia especial en cuanto no implique efectos técnicos.

 

Serán  registrables  los  diseños  industriales  que sean  nuevos y susceptibles de aplicación industrial.

 

Se  consideran nuevos los diseños que sean de creación independiente y difieran en grado  significativo,  de  diseños  conocidos  o  de  combinaciones de características conocidas de diseños.

 

Un  registro  de  diseño   industrial   otorga   a su  titular  el  derecho  exclusivo  de explotación, por un periodo de 5 años renovable por periodos sucesivos de la misma duración hasta un máximo de 25 años.

Horarios

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